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Se acerca el 20 de julio y la entrada en vigor del nuevo reglamento europeo sobre etiquetado sin gluten. En el programa que patrocina la tienda de productos sin gluten, Maná, Celiacos en Directo, hablamos con las responsables de la Federación de Asociaciones de Celiacos de España (FACE) sobre el nuevo reglamento y las confusiones que puede generar a la hora de adquirir productos sin gluten.

El reglamento europeo entrará en vigor en sólo unas semanas y establece dos tipos de expresiones diferentes para productos etiquetados sin gluten. Y es que por un lado tendremos productos etiquetados con la expresión literal «sin gluten», que serán aquellos que contienen menos de 20 ppm (partículas de gluten por millón), y que es la expresión que actualmente se utiliza para etiquetar los productos aptos para celiacos. Pero el reglamento también permitirá etiquetar con la expresión literal «muy bajo en gluten» para los productos que no superen las 100 ppm de gluten, una cantidad mucho más elevada de la que la ley española permite para etiquetar sin gluten.

Ésto se debe a que el reglamento entiende que hay personas con diferentes grados de sensibilidad y que pueden tolerar más cantidad de gluten que otras. Algo que no es cierto. La celiaquía se tiene o no se tiene y la más mínima cantidad de gluten daña el intestino del celiaco. En la celiaquía NO hay grados.  Pero sí es cierto que las personas con sensibilidad al gluten no celiaca pueden tolerar una cantidad mayor o menor del mismo, por lo que en este caso sí se podría hablar de grados, pero nunca cuando hay una celiaquía por medio.

En concreto el punto 8 del reglamento habla de los distintos grados de sensibilidad de esta manera:

“Ciertas personas con intolerancia al gluten pueden tolerar pequeñas cantidades de gluten que varían dentro de un margen limitado. Para permitir que los consumidores encuentren en el mercado diversos productos alimenticios apropiados para sus necesidades y para su nivel de sensibilidad, deberían poder elegir entre una serie de productos con diversos niveles reducidos de gluten dentro de ese margen limitado”.
Esta doble clasificación puede llevar a confundir a las personas que no tienen mucha información sobre la celiaquía, o a aquellas personas que acaban de recibir el diagnóstico y se estrenan en el mundo sin gluten.

Fabricado específicamente para personas celiacas

Afortunadamente, señala Izaskun Martín-Cabrejas, Responsable del Dpto. Calidad y Seguridad Alimentaria Programa FACE Restauración Sin Gluten, «son pocos los productores que etiquetan con la expresión «bajo contenido en gluten».
Pero el principal problema, señala la experta, «es que el etiquetado permite la introducción de otras alegaciones como fabricado específicamente para personas celiacas, y los celiacos, especialmente los recién diagnosticados van a pensar que ese producto es inocuo, pero el nuevo reglamento permite esa alegación para productos que van desde las 20 ppm de gluten hasta las 100 ppm de gluten, con lo cual sí sería dañino».

Desde FACE, han mantenido ya reuniones con varios organismos para intentar frenar o cambiar esta normativa, y el próximo paso es trasladar esta situación al Ministerio de Sanidad. «Sabemos que es muy complicado que nos den una solución ahora, pero al menos lo que tenemos que intentar es que la gente entienda perfectamente el etiquetado y que los celiacos sólo compren productos con la etiqueta «Sin Gluten» y que no consuman aquellos que indican «Bajo contenido en gluten«, apunta Martín-Cabrejas.

Ana Campos, responsable del Departamento de Calidad y Seguridad Alimentaria de FACE y Programa Certificación Alimentaria, explica el error y el peligro de consumir produtos etiquetados con «bajo contenido en gluten». «Si tomamos tres productos al día etiquetados de esta forma estaremos consumiento una cantidad ya elevada de ppms, y eso no es para nada viable cuando hablamos de celiacos.